Remates en Diarios Nacionales y del Interior. Ley 14238

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Publicar Remates en Diarios es fácil, Trabajamos con todos los diarios Nacionales. Clarín, Popular, Crónica, El Economista, La Nación, Ámbito Financiero, El Cronista Comercial, La Prensa, Página 12 , BAE Negocios como también todos los diarios del interior. 

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Remates en Diarios Nacionales y del Interior. Ley 14238 al mejor precio en 3 pasos:

  1. Envíenos por E-mail la orden o el texto de publicación del Edicto o un Scaneo por el formulario de contacto, encontrará una opción donde subir el archivo del Edicto en cuestión o en su defecto una foto nítida.
  2. En respuesta a su E-mail recibirá la cotización y el texto en un archivo adjunto, este E-mail deberá ser devuelto aprobando la confirmación de la publicación y los datos requeridos por nuestra empresa para su respectiva facturación.
  3. Puede abonar con Depósito bancario, Transferencia o Cheque. Contáctenos su consulta es bienvenida.

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Edictos Judiciales – Convocatorias – Licitaciones – Avisos Legales – Concurso Preventivo – Avisos Comerciales – Edictos Sucesorios – Edictos de Ciudadanía – Edictos de Divorcio – Aviso de Quiebras – Aviso de Transferencias de Fondo de Comercio – Balances de Entidades Financieras – Avisos Oficiales Subastas – Remates Judiciales.

 

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Para cotizar y  Publicar Remates en Diarios Nacionales y del Interior. Ley 14238 al mejor precio es necesario que nos envíe el texto por E-mail o adjuntar al pedido de presupuesto en el formulario de “Contacto” en cualquier tipo de archivo en el cual lo tenga.

Todos los diarios y editoriales con los cuales trabajamos tienen referencias, modalidades gráficas y parámetros totalmente distintos entre sí para obtener una cotización precisa. También días de la semana con tarifa distinguida y formatos gráficos por lo que es necesario contar con el material a publicar para cotizar más eficientemente.

Una vez recibido el pedido de presupuesto será enviado a su casilla de E-mail con la operatoria a seguir para su publicación.

Data Fiscal Pautamas S.R.L.

 

 

 

 

ARTÍCULO 559°: (Texto según Ley 14238).-

Edictos. El remate se anunciará por edictos que se publicarán por dos (2) días en el Boletín Judicial, y en otro diario, en la forma indicada en los artículos 145, 146 y 147.
En los edictos se individualizarán las cosas a subastar, se indicará, en su caso, el monto del depósito de garantía, la cantidad, el estado y el lugar donde podrán ser revisadas por los interesados; la obligación de depositar la seña y comisión de costumbre en el acto del remate, fecha y hora de comienzo y finalización de la subasta; el Juzgado y Secretaría donde tramita el proceso; el número del expediente y el nombre de las partes si éstas no se opusieren

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